Desde el bloque Juntos por el Cambio, el cual comparto con la Concejal María Rosa Pactat, presentamos un Proyecto de Ordenanza para adherir a la Ley Provincial N° 10939 de Traspaso Regular de Activos Digitales Gubernamentales.

Este proyecto de adhesión busca garantizar que las redes sociales, sitios web y correos institucionales dejen de ser tratados como propiedad de una gestión y pasen a ser bienes inmateriales de dominio público. No pertenecen a un funcionario o administrador particular; pertenecen al patrimonio cultural e histórico de todos los vecinos de Malagueño.

El objetivo es asegurar un traspaso transparente y ordenado entre gobiernos, prohibiendo que se eliminen contenidos o se bloqueen accesos al terminar un mandato. Con esta norma, protegemos el derecho de cada ciudadano a acceder a la información pública de manera ininterrumpida y garantizamos que el municipio rinda cuentas siempre, fortaleciendo la calidad institucional de nuestra ciudad. ¡Cuidemos la memoria digital de Malagueño!  ¡Sigamos trabajando por un Malagueño más transparente y moderno!

Estados:

10/03/2026: Recibido por Secretaria del HCD.

12/03/2026: En la sesión ordinaria del día de la fecha, toma estado parlamentario y pasa a comisión.

17/03/2026: Se debería haber tratado en comisión y no se hizo.

Proyecto de Ordenanza

Adhesión a la Ley de la Provincia de Córdoba N° 10.939 “Traspaso Regular de Activos Digitales Gubernamentales”.

VISTO

La Ley de la Provincia de Córdoba N° 10939 sobre “Activos Digitales Gubernamentales”, el régimen de autonomía municipal consagrado en la Constitución de la Provincia de Córdoba, y la necesidad de regular el uso, administración y traspaso de los canales de comunicación digital de la Municipalidad de Malagueño; y

CONSIDERANDO

Que la comunicación gubernamental ha sufrido una transformación profunda en la última década, pasando de medios tradicionales a plataformas digitales que permiten una interacción horizontal, directa y en tiempo real entre el Estado y el ciudadano;

Que la Municipalidad de Malagueño no es ajena a este proceso, contando actualmente con presencia activa en redes sociales de gran alcance como Facebook, Instagram y Youtube, además de poseer dominios web oficiales y cuentas de correo electrónico institucionales que son utilizados diariamente para difundir actos de gobierno, prestar servicios y garantizar el acceso a la información pública;

Que la historia reciente muestra que la falta de un marco jurídico claro ha generado situaciones donde, ante cambios de gestión, se pierden cuentas oficiales, se borra contenido histórico o se produce una apropiación indebida de estos activos por parte de funcionarios o administradores particulares. Estos activos no pertenecen a una gestión de turno, sino que son “bienes inmateriales de dominio público” que integran el patrimonio cultural e histórico de todos los vecinos de Malagueño;

Que existen valiosos antecedentes internacionales, como el protocolo de transición de cuentas oficiales en los Estados Unidos (caso de las cuentas @POTUS de la administración Obama a Trump, luego a Biden y nuevamente a Trump), y proyectos nacionales como el impulsado por la senadora Carmen Lucila Crexell y el trabajo de especialistas como Mariana Leonardi, Dana Moran y Pablo Pérez Paladino, quienes han destacado la importancia de los Activos Digitales Gubernamentales para la calidad institucional;

Que el acceso a la información pública es un derecho fundamental y un pilar del sistema republicano. La transparencia activa y el “Gobierno Abierto” exigen que la información generada en plataformas digitales sea preservada, garantizando que el ciudadano pueda auditar la gestión y acceder a la memoria institucional del municipio de manera ininterrumpida.

Que este proyecto se alinea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la ONU, específicamente con el Objetivo 16, que promueve la creación de instituciones eficaces, responsables y transparentes.

Que otras localidades de la provincia ya están avanzando en procesos de modernización y simplificación administrativa, y es imperativo que Malagueño lidere este proceso de resguardo de sus activos digitales para asegurar una transición ordenada y la protección de su patrimonio digital;

Por ello,

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MALAGUEÑO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº ……/…

Artículo 1º.- ADHESIÓN. Adhiérase la Municipalidad de Malagueño a la Ley de la Provincia de Córdoba N° 10939, que regula el uso, administración, protección, resguardo y traspaso de los Activos Digitales Gubernamentales.

Artículo 2°.- DEFINICIONES. A los fines de la presente Ordenanza, se definen como Activos Digitales Gubernamentales de la Municipalidad de Malagueño a:

  • cuentas oficiales institucionales en redes sociales (incluyendo de forma enunciativa pero no limitativa: Facebook, Instagram, Youtube, y otras plataformas que se creen en el futuro);
  • direcciones de correos electrónicos oficiales institucionales con dominio municipal;
  • dominios y subdominios de páginas web oficiales;
  • credenciales de acceso, contraseñas, claves de servidores y servicios de almacenamiento en la nube utilizados por la administración municipal; y
  • todo contenido digital (textos, imágenes, videos, documentos) creado y publicado por la administración pública municipal.

Artículo 3°.- DOMINIO PÚBLICO. Declárense a los Activos Digitales Gubernamentales detallados en el artículo precedente como bienes inmateriales del dominio público municipal, siendo su carácter inalienable e imprescriptible.

Artículo 4°.- REPOSITORIO ÚNICO. Créase el Repositorio Municipal de Activos Digitales, cuya función será centralizar, organizar y conservar el registro de todas las cuentas y activos digitales oficiales, asegurando su integridad y accesibilidad.

Artículo 5°.- PROTOCOLO DE TRASPASO. Al finalizar cada período de gobierno, las autoridades salientes deberán realizar el traspaso formal de los Activos Digitales Gubernamentales a las autoridades electas. Este proceso debe incluir:

  • entrega de credenciales de acceso actualizadas;
  • garantía de que los contenidos publicados durante la gestión no han sido eliminados ni alterados; y
  • facilitar el acceso a los medios secundarios de validación (teléfonos de recuperación o correos de respaldo).

Artículo 6°.- PROHIBICIONES. Queda estrictamente prohibido a los funcionarios públicos y personal administrativo:

  • eliminar contenidos publicados en canales oficiales al término de una gestión;
  • cambiar las configuraciones de acceso de modo que impidan el uso de las cuentas por las autoridades sucesoras; y
  • utilizar cuentas personales para la comunicación de actos institucionales que deban ser canalizados por las vías oficiales.

Artículo 7°.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN. El Departamento Ejecutivo Municipal determinará la Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza, la cual deberá dictar el manual de buenas prácticas y el protocolo de seguridad para la gestión de los activos.

Artículo 8°.- DE FORMA. Comuníquese, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MALAGUEÑO A LOS … DIAS DEL MES DE ………… DE 2026.

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