Desde el bloque Juntos por el Cambio, el cual comparto con la Concejal María Rosa Pactat, y con la adhesión de la Concejal Viviana Montironi de HUxC, presentamos un Proyecto de Resolución por la cual se emplaza al DEM a dar respuesta urgente a la Resolución N° 658/2025.

Esta iniciativa surge tras la falta de respuesta oficial ante el pedido de informes aprobado por unanimidad sobre las descargas de camiones atmosféricos en la Planta de Tratamiento de Líquidos Cloacales.

Consideramos que el silencio del Ejecutivo no solo obstaculiza nuestra labor de control, sino que afecta el derecho de los vecinos a acceder a información pública sobre un tema sensible de salud y ambiente. Por ello, solicitamos que se brinde la información requerida en un plazo improrrogable de 48 horas hábiles.

Estados:

03/03/2026: Recibido por Secretaria del HCD.

05/03/2026: En la sesión ordinaria del día de la fecha, toma estado parlamentario y pasa a comisión.

10/03/2026: Es tratado en comisión y se decide enviar en primera instancia una nota solicitando respuesta y mantener en comisión el proyecto.

12/03/2026: En la sesión ordinaria del día de la fecha, por unanimidad de decide aprobar el acta de comisión.

Proyecto de Resolución

Emplaza al DEM a dar respuesta a la Resolución N° 658/2025.

VISTO

La Resolución N° 658/2025 aprobada por unanimidad por el Honorable Concejo Deliberante de Malagueño en fecha 2 de diciembre de 2025, mediante la cual se solicitó al Departamento Ejecutivo Municipal un pedido de informe referido a las descargas de líquidos cloacales realizadas por camiones atmosféricos en las inmediaciones de la Planta de Tratamiento de Líquidos Cloacales; y

CONSIDERANDO

Que el Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de sus atribuciones legales y constitucionales, tiene la facultad y el deber de requerir informes al Departamento Ejecutivo Municipal sobre asuntos de interés público y de competencia municipal;

Que dicha facultad constituye una herramienta esencial de control republicano, transparencia institucional y equilibrio entre los poderes del gobierno local;

Que la Resolución N° 658/2025 fue tratada sobre tablas y aprobada por unanimidad de los bloques políticos que integran este Cuerpo, lo que demuestra la relevancia institucional y la preocupación compartida respecto del tema planteado;

Que a la fecha 02 de marzo de 2026 no se ha recibido respuesta formal alguna por parte del Departamento Ejecutivo Municipal;

Que el silencio frente a un pedido de informe aprobado por este Cuerpo no solo obstaculiza el normal ejercicio de las funciones de control del Concejo Deliberante, sino que implica un menoscabo institucional hacia el órgano legislativo y hacia la representación popular que éste ejerce;

Que el sistema republicano de gobierno, consagrado por la Constitución Nacional y la Constitución de la Provincia de Córdoba, se funda en la división de poderes, la responsabilidad de los funcionarios públicos y la obligación de rendición de cuentas;

Que el incumplimiento injustificado en la remisión de informes requeridos por el órgano legislativo puede configurar una falta a los deberes funcionales de los funcionarios responsables, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas y políticas que pudieran corresponder;

Que la falta de respuesta impide además garantizar a los vecinos el acceso a la información pública sobre una cuestión sensible vinculada a la salud pública, el ambiente y el correcto funcionamiento de los servicios cloacales;

Que resulta necesario fijar un plazo perentorio para que el Departamento Ejecutivo Municipal cumpla con lo requerido oportunamente por este Cuerpo;

Por todo ello,

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MALAGUEÑO, RESUELVE

Artículo 1º. EMPLAZAR al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en el término perentorio e improrrogable de cuarenta y ocho (48) horas hábiles administrativas, remita a este Honorable Concejo Deliberante la respuesta íntegra al pedido de informe aprobado mediante Resolución N° 658/2025.

Artículo 2º. HACER SABER al Departamento Ejecutivo Municipal que la falta de respuesta dentro del plazo establecido constituirá un incumplimiento a los deberes funcionales y un obstáculo al ejercicio de las atribuciones de control que corresponden a este Cuerpo, sin perjuicio de las medidas institucionales y acciones que el Honorable Concejo Deliberante pudiera adoptar en consecuencia.

Artículo 3º. NOTIFICAR la presente Resolución al Departamento Ejecutivo Municipal por intermedio de la Secretaría del Honorable Concejo Deliberante.

Artículo 4º. De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MALAGUEÑO A LOS … DIAS DEL MES DE ………… DE 2026.

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