LEY 8102 – Ley Orgánica Municipal
Artículo 20º El Concejo Deliberante se reunirá en Sesión Preparatoria todos los años dentro de los diez (10) días anteriores al comienzo de las Sesiones Ordinarias, oportunidad en la que se elegirá el Presidente y demás autoridades. En los casos de renovación total del Concejo se juzgarán los diplomas de los electos y la sesión será presidida por el Concejal de mayor edad.