Celebrar las obras que los vecinos esperan hace años no significa dejar de controlar cómo se administran los recursos de todos. Ante el anuncio oficial de un paquete de inversión de más de $250 millones, surge una pregunta elemental: ¿cuánto costó realmente la ejecución de este vado?

Para que no queden dudas ni números en el aire, presentamos este Pedido de Informe formal exigiendo el desglose de costos, pliegos de contratación y certificados técnicos de la obra. Cuidar la plata de Malagueño es una tarea de todos los días, y la transparencia empieza por mostrar las cuentas claras.

Estados:

22/09/2026: Recibido por Secretaria del HCD.

24/09/2026: En la Sesión Ordinaria del día de la fecha, toma estado parlamentario y pasa a comisión.

Proyecto de Resolución

Pedido de Informe al DEM sobre la ejecución de la obra del vado en Barrio Villa San Nicolás.

VISTO

El artículo Nº 30 inc. 14 de la Ley de la Provincia de Córdoba Nº 8102 (Ley Orgánica Municipal), que establece la atribución del Concejo Deliberante para pedir informes al Departamento Ejecutivo, para el mejor desempeño de su mandato, los que deberán ser contestados dentro del término que fije el Cuerpo;

El artículo Nº 88 del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Malagueño, que establece el procedimiento para la realización de proyectos de resolución tendientes a solicitar informes al Departamento Ejecutivo; y

La publicación e información oficial difundida por el Departamento Ejecutivo Municipal a través de los canales institucionales de comunicación, mediante la cual se anunció la ejecución de la obra de un nuevo vado en la intersección de calles 20 de Junio y La Voz del Interior en barrio Villa San Nicolás, señalando que la misma se enmarca dentro de una inversión de más de $250 millones de pesos destinada a infraestructura barrial; y

CONSIDERANDO

Que a través de los canales oficiales del Municipio se dio a conocer a la comunidad el inicio de una intervención vial e hídrica consistente en un vado de hormigón en la intersección de calles 20 de Junio y La Voz del Interior de barrio Villa San Nicolás, indicando textualmente que la misma contempla “más de 115 m² de intervención, más de 28 m³ de hormigón y trabajos de canalización”;

Que en dicha comunicación institucional se expresa formalmente que dicha obra “forma parte de una inversión de más de $250 millones destinada a mejorar la infraestructura y la seguridad de nuestros barrios”;

Que, reconociendo la importancia de dar respuesta a las demandas vecinales de escurrimiento pluvial y circulación en el sector, es deber irrenunciable de este Cuerpo velar por la correcta, eficiente y transparente administración de los recursos públicos municipales, ejerciendo el rol de contralor republicano que la normativa vigente le asigna;

Que, dada la trascendencia presupuestaria de la cifra de inversión global comunicada ($250.000.000), resulta imprescindible que este Concejo Deliberante cuente con la información técnica y contable detallada que permita discriminar con exactitud cuál es el costo real, unitario y específico de la obra ejecutada en barrio Villa San Nicolás, así como el destino programado para el remanente de dicha partida;

Que en cumplimiento del principio de transparencia y publicidad de los actos de gobierno, es necesario conocer los antecedentes administrativos de la contratación, los mecanismos de selección aplicados (licitación pública, concurso de precios, contratación directa o cuadrilla municipal), los proveedores adjudicados y los actos administrativos que respaldan los fondos erogados;

Que asimismo corresponde tener conocimiento formal de las responsabilidades profesionales y técnicas asignadas en la dirección e inspección de la obra, así como del avance financiero y las actas o certificados de recepción y final de obra correspondientes;

Que este Cuerpo se encuentra plenamente facultado para el dictado del presente acto administrativo en un todo de acuerdo a lo especificado en el “VISTO”; 

Por todo ello,

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MALAGUEÑO, RESUELVE

Artículo 1º. Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) que, a través del área u organismo correspondiente, remita a este Honorable Concejo Deliberante un informe pormenorizado, circunstanciado y acompañado de la documentación respaldatoria fehaciente, respecto a la obra de construcción del vado y obras complementarias de canalización en la intersección de calles 20 de Junio y La Voz del Interior en barrio Villa San Nicolás.

Artículo 2º. A los fines de cumplimentar acabadamente con lo solicitado en el artículo 1º, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá precisar y adjuntar:

  • Desglose Presupuestario y Costo de Obra: Monto total presupuestado y efectivamente devengado/pagado a la fecha para la ejecución específica del vado de barrio Villa San Nicolás. Indicar detalladamente qué porcentaje representa respecto al paquete de inversión de más de $250 millones anunciado oficialmente, individualizando a qué otros proyectos, ítems o intervenciones barriales se encuentra asignado el saldo restante de dicho monto global.
  • Régimen y Proceso de Contratación: Modalidad administrativa implementada para la ejecución de la obra y para la provisión de materiales e insumos (Licitación Pública, Licitación Privada, Concurso de Precios, Contratación Directa o Ejecución por Administración Municipal). Adjuntar copia de los decretos de llamado, pliegos de bases y condiciones generales y particulares, actas de apertura, decretos de adjudicación y los contratos suscriptos con las partes.
  • Contratistas y Proveedores: Razón social, CUIT y datos de las personas humanas o jurídicas contratadas para la mano de obra, movimientos de suelo, provisión del hormigón elaborado (indicando volumen exacto suministrado) y obras accesorias de desagüe.
  • Dirección Técnica y Supervisión: Identificación del profesional matriculado designado por el Municipio (o por la contratista) a cargo de la Dirección Técnica e Inspección de la Obra, adjuntando el acto administrativo formal de su designación.
  • Especificaciones Técnicas y Planimetría: Memoria descriptiva, cálculo hidráulico del sector y plano de obra conforme a obra, detallando dimensiones finales, espesores, tipología del hormigón empleado y obras de canalización ejecutadas.
  • Certificaciones y Recepción de Obra: Copia certificada de la totalidad de los certificados de avance de obra, órdenes de pago libradas, y en caso de encontrarse concluida, acta de recepción provisoria, recepción definitiva y/o certificado de final de obra emitido por la autoridad técnica competente.
  • Plazos de Ejecución: Fecha de inicio efectivo de los trabajos, plazo contractual o estimado de ejecución y fecha prevista o efectiva de habilitación integral al tránsito.

Artículo 3º. El Departamento Ejecutivo Municipal deberá remitir a este Concejo Deliberante la información y documentación requerida en el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente Resolución.

Artículo 4º. Comuníquese, dése al Registro Municipal y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MALAGUEÑO A LOS … DIAS DEL MES DE ………… DE 2026.

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